GUIA ASENTIMIENTO INFORMADO
Dentro del proceso de consulta psicológica, en el rol de terapeuta se tiene
conocimiento que lo primero que tiene que hacer el profesional es la firma del
consentimiento informado y toda la normatividad que lo respalda, si el lector
quiere tener mayor información acerca de este, pueden ingresar aquí
https://psicoconsul.net/guia-de-consentimiento-informado/.
Por otro lado, en el presente documento se planteará información e importancia
del asentimiento informado en las consultas con menores de edad, si bien en
muchos casos se omite este proceso, pero también hace parte del contrato y de
la confidencialidad con el paciente. Por ello, se invita a lector a continuar con
la guía.
En primer lugar, cuando hablamos de asentimiento informado, ¿qué significa?
hace referencia a la decisión voluntaria por parte de menores a participar o no
de la práctica, sin importar que este concepto no tenga implicaciones legales,
presenta implicaciones éticas en la práctica profesional con la comunidad, el
mismo realza la importancia de considerar al niño o niña y adolescente como
sujeto de derecho con capacidad de decidir en diferentes áreas de su vida, de
acuerdo a su edad, maduración y las consecuencias que puedan acarrear para sí
mismo tales decisiones.
De acuerdo, la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y adolescencia)30,
establece la prevalencia del interés superior de los niños, las niñas y los
adolescentes, cuando sus derechos entran en conflicto con los derechos de otros
actores en la sociedad.
En segundo lugar, para que el asentimiento informado sea válido, también se
deben reunir ciertas características como ocurre con el consentimiento informado,
es decir, se debe evaluar si el menor recibió toda la información significativa
relativa al procedimiento, en lenguaje de acorde a su edad, si tiene la capacidad
racional para comprender lo que se informa y como se le informa, por ejemplo, el
lenguaje que se utiliza, y que manifestó su asentimiento libremente y sin
influencias indebidas. Del mismo modo que para consentimiento informado, estos
tres elementos de Asentimiento son necesarios, pero no suficientes, ya que este
proceso se centra en aspectos de la moral y éticos.
Es importante resaltar, que existe una excepción, en la cual hace referencia a toda
situación en las que está en riesgo la vida o bienestar del niña o niño y evaluado,
de acuerdo a la perspectiva del profesional, de igual forma, se destaca que el
asentimiento no abarca el consentimiento, este último es un requisito
independiente al del asentimiento informado.
Aunque aún no hay una normatividad clara en el país, la figura del asentimiento
informado, el cual debe entenderse como un proceso de inclusión y de promoción
de la autonomía del niño, más que como la extensión de un documento formal o
la práctica simbólica de un gesto moral. (Bustamante y Díaz, 2013, p.144).
Por otro lado, en psicoconsul web, servicios de historias clínicas online, tienen
implementado en el sistema el asentimiento informado, para que el menor de edad
pueda firmar. (ver figura 1).
Además, cuando se genera el asentimiento informado, se envía un msj de texto con
el link de ingreso del asentimiento informado al celular del acompañante. Al
ingresar al link, se visualiza de la siguiente forma (ver figura 2).
Finalmente, el sistema cumple con todos los estándares normativos exigidos por el
ministerio de salud, adicional contamos con tres planes para que el profesional
escoja de acuerdo a sus necesidades, si quiere conocer más puede ingresar a nuestra
página web https://psicoconsul.net/ o comunicarse con nuestra asesora 3052328384.
Si deseas más orientación o conocer el servicio de historias clínicas, solicita una
demostración guiada al siguiente correo: direccion@proyectandolideres.org o al
teléfono +573052328384.